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Sistema Flexware® para D.O.S.

Cómo modificar la definición del Régimen Especial correspondiente a la Resolución General 830 de Impuesto a las Ganancias, vigente a partir del 1 de agosto del 2000.

 

Los pasos a seguir para modificar el régimen especial son:

 

Importante:

Tener en cuenta que la modificación se deberá realizar a partir del día 1 de agosto del 2000, fecha a partir de la cual entra en vigencia la RG 830.

 

  • Acceder a las siguientes opciones:
Menú General      

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Tablas    
 

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Impuestos  
   

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Regímenes Especiales

Se desplegará una pantalla similar a la siguiente:

 

  • Posicionarse sobre el régimen especial 2784 y selecionar el artículo a modificar. El procedimiento se deberá repetir para cada uno de los artículos correspondientes al Régimen.

  • Digitar simultaneamente las teclas <ALT> <M> para proceder a la modificación del mismo.

  • Modificar la descripción del régimen especial, reemplazando RG. 2784 por RG. 830 (se recomienda hacer ésto, luego de efectuar la exportación al Sistema Iva Ventas/Compras de los comprobantes cuya fecha de emisión sean anteriores al mes de agosto, para que los regímenes ingresados en comprobantes emitidos con enterioridad al 1 de agosto, sean tranferidos como RG. 2784).

  • Digitar <ENTER> hasta llegar al campo "Monto Mínimo", y modificarlo.

  • Nuevamente digitar <ENTER> hasta posicionarse en el campo "Importe ret min" y actualizar el importe.

Presionar <ENTER> hasta llegar al final del ingreso de datos.

  • Digitar <F8> para acceder a la tabla de escalas, en la que se registrará el porcentaje que se aplicará a la base de cálculo.

 

  • Dar de baja los distintos rangos definidos, digitando simultáneamente las teclas <ALT> <B> sobre cada uno de ellos. Se deberá comenzar por el tramo cuyo tope mínimo y máximo contenga los importes mayores, para continuar luego con los rangos inferiores.

  • Definir los nuevos tramos de la escala, informando para cada uno de ellos los topes mínimo y máximo, y el porcentaje que se aplicará a la base de cálculo.

 

Importante:

Si desea obtener información de las nuevas alícuotas y montos no sujetos a retención, y de las nuevas escalas, puede consultar la siguiente página de Internet: www.afip.gov.ar/afip/anexoviii.xls

 

Nota:

En lugar de modificar el Régimen Especial cuyo código es 2784, se podrá optar por definir uno nuevo, cuyo código sea "830". En tal caso, se deberá ingresar a través de las opciones Tablas/Impuestos/Regímenes Especiales, y digitar simultáneamente las teclas <ALT> <A>. Copiar la definición del régimen utilizado con anterioridad.

 

 

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